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El Ayuntamiento ofrece información sobre las medidas sociales decretadas por el Gobierno en relación al pago de alquileres e hipotecas

Por@GuadalquivRadio

Abr 2, 2020

La concejala de Políticas Sociales, Ángeles Díaz, recuerda que el Ejecutivo central las pone en marcha “para no dejar a nadie atrás”

Somuvisa habilita, a través de la Oficina Municipal por la Vivienda, el teléfono 673 05 15 47 y el correo electrónico somuvisa@somuvisa.es para resolver cualquier duda

La concejala de Políticas Sociales, Ángeles Díaz, recuerda las medidas sociales que el Gobierno de España, debido a la pandemia del Covid-19, ha puesto en marcha con la intención de no dejar a nadie atrás. Se trata de “un escudo social frente al coronavirus con el que el Ejecutivo central, apoyado por el resto de administraciones, quiere mostrar su apoyo a las personas y familias que, debido a esta situación, se encuentran en situación de vulnerabilidad”.

Entre esas medidas, uno de los primeros bloques hace referencia al apoyo de las personas que no puedan pagar sus alquileres por encontrarse en situación de vulnerabilidad por el COVID-19 y no tengan alternativa habitacional. Por ello, la concejala ha recordado que se suspenden los desahucios durante seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma. También se implanta la renovación automática de los contratos de alquiler que venzan en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta norma. Esta prórroga será de seis meses y en ella se mantendrán los términos y condiciones del contrato en vigor. En tercer lugar, se establece una moratoria automática en el pago de su renta para aquellos arrendatarios en situación de vulnerabilidad cuyo arrendador sea un gran tenedor de vivienda, tanto público como privado, incluido el Fondo Social de Vivienda de las entidades financieras. Se entiende como tal a quien posea más de diez inmuebles. 

Por último, y en cuarto lugar se regula la moratoria para el caso en el que el arrendador no sea un gran tenedor de inmuebles, algo que sucede en el 85% de los casos. En estas circunstancias, el inquilino podrá solicitar un aplazamiento en el pago de su renta. En todo caso, ha apuntado que los inquilinos “afectados por la situación podrán acogerse a la línea de financiación y ayudas que establecerá el ICO”. 

La concejala de Políticas Sociales ha recordado que la moratoria se hace también extensiva a las hipotecas, “pasando el plazo de suspensión de uno a tres meses, aclarando que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión, sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo”. En este sentido, Ángeles Díaz ha señalado que el objeto de la moratoria hipotecaria, además del ya aprobado de vivienda habitual, se amplía a los inmuebles afectos a la actividad de profesionales y empresarios (locales, oficinas…), siempre que éstos estén dentro de los supuestos de aplicación, así como a las viviendas no habituales, arrendadas, siempre que el inquilino en base a la moratoria aprobada haya dejado de pagar la renta. El Real Decreto-Ley establece, además, la posibilidad de una moratoria en los créditos y préstamos no hipotecarios que mantengan las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo los créditos al consumo. Finalmente, se habilita a las corporaciones locales “para que utilicemos el superávit de ejercicios anteriores para adoptar medidas de apoyo a colectivos vulnerables en materia de vivienda”, ha subrayado. 

No obstante, para más información Díaz ha apuntado que el Ayuntamiento ha puesto a disposición de la ciudadanía un teléfono y una dirección de correo electrónica de la Oficina Municipal por la Vivienda, gestionada por Somuvisa, “donde ofrecemos ayuda e información en las gestiones sobre dichas medidas establecidas por el Gobierno central en relación al pago de hipotecas y alquileres durante el estado de alarma”. El teléfono es el 673 05 15 47 en horario de 9 a 13 horas. Y el correo electrónico al que se puede dirigir para cualquier consulta es somuvisa@somuvisa.es.



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